ESTATUTO DE LA SOCIEDAD PERUANA DE GENÉTICA

TITULO I
DEFINICIÓN, NOMBRE Y SEDE

Art. 1. La Sociedad Peruana de Genética es una institución de carácter científico - cultural, sin fines de lucro, autónoma, de duración indefinida, constituida por personas cuyas actividades principales están orientadas al campo de la Genética, con sede en la ciudad de Lima y filiales en las diferentes regiones del país de acuerdo a lo establecido en el artículo trigésimo del presente estatuto, y cuyas siglas son “SPG”.

TITULO II
PRINCIPIOS Y FINES

Art. 2. Son principios de la SPG:

  1. Congregar a las personas cuya actividad está ligada al desarrollo de las diferentes especialidades de la Genética.
  2. Impulsar la unidad de sus integrantes, fundamentada en el respeto a los acuerdos y dictámenes adoptados democráticamente por mayoría así como a los canales orgánicos establecidos.
  3. Promover la investigación en el campo de la Genética en el Perú y en el mundo, fomentando el desarrollo científico—académico de sus miembros, así como la formación de nuevos genetistas investigadores.
  4. Vigilar que la actividad científica y el ejercicio profesional de sus asociados sean llevados con dignidad y orientados por los más elevados principios morales y éticos en la búsqueda de la verdad.
  5. Propender al desarrollo institucional de la SPG, tomando como base a sus asociados.
  6. Actuar y opinar con libertad en lo referente a los problemas nacionales de su competencia.
  7. Difundir a la sociedad nacional el valor científico—cultural que representan las actividades en el campo de la Genética.

Art. 3. Son fines de la SPG:

  1. Auspiciar eventos científicos—culturales y publicaciones relacionadas con la Genética.
  2. Incentivar y promover el intercambio de conocimientos entre los genetistas del Perú y del extranjero, mediante actividades institucionales de carácter científico.
  3. Representar a los genetistas peruanos ante instituciones internacionales similares o afines con las cuales debe mantener contacto.
  4. Realizar y/o apoyar Congresos Nacionales e Internacionales de Genética.
  5. Organizar y auspiciar cursos de especialización para la formación y perfeccionamiento de genetistas.
  6. Asesorar a los órganos de gobierno del Estado Peruano, como ente consultivo, y pronunciarse libremente sobre los problemas nacionales de su competencia.
  7. Crear y mantener medios de difusión que permitan la comunicación entre los socios, así como la proyección hacia la comunidad científica y la sociedad en general.
  8. Establecer lineamientos de política de desarrollo o investigación en al campo de la Genética orientados a la solución de problemas de carácter nacional.